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30 Ene

¿Cómo salir de la lista de morosos de Hacienda?

La inclusión en la ASNEF, el RAI y otras listas de solvencia patrimonial no supone la ‘condenación’ económica ni social del afectado. De hecho, son numerosos los casos de empresarios y autónomos incluidos en estos ficheros de manera ilegítima o que permanecen en dichos registros pese al cumplimiento de las deudas en cuestión. Salir de una lista de morosos es, pues, factible.

La morosidad no es una cuestión baladí. El incumplimiento de obligaciones de pago a medio y largo plazo es un problema severo en España, que la crisis sanitaria amenaza con cronificar en los próximos años, más aún cuando nuestro país ya figura en el ‘podio’ de las naciones europeas con mayor cantidad de préstamos morosos, según un informe difundido por El Economista.

Que los impagos afectan negativamente a las partes acreedoras, no hay duda. Pero menos halagüeña es la otra cara de la moneda, los deudores: esos empresarios, autónomos y particulares que ingresan en un fichero de morosos en España.

¿Qué son las listas de morosos y cuántas existen?

Un fichero de morosos o de solvencia patrimonial se define como un sistema de información crediticia que lista las personas físicas y jurídicas que hayan incurrido en impagos o que carezcan de solvencia financiera. La finalidad de estos ficheros es informativa, y un amplio espectro de entidades y prestadores de servicios (bancos, compañías eléctricas, telefónicas, etcétera) los consultan con anterioridad a la venta de productos y/o servicios. Asimismo, la Seguridad Social y otras Administraciones Públicas acuden a estos ficheros antes de aceptar a trámite determinadas solicitudes.

En España el registro de morosos de la ASNEF goza de especial popularidad. Pertenece a la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, patronal de las entidades financieras especializadas en financiación al consumo, y formalmente recibe el nombre de bureau de morosidad, explotado conjuntamente por la ASNEF y la empresa Equifax.

Por su parte, la lista de morosos del RAI, o Registro de Aceptaciones Impagadas, destaca entre los ficheros de solvencia patrimonial más consultados en nuestro país. Compila información sobre PYMEs y grandes empresas que han incumplido obligaciones de pago, vencido el plazo de prescripción de las deudas con Hacienda u otras empresas proveedoras de productos/servicios.

Para los afectados, figurar en cualquiera de estos listados supone un varapalo, con graves consecuencias para la reputación comercial y el acceso a financiación. Llegados a este punto, ¿es legal que te incluyan en un fichero de morosos?, ¿existen formas de revertir la situación y salir de una lista de morosos?

Acreditar la inclusión improcedente en la ASNEF/RAI: una forma de salir de la lista de morosos

La cancelación de datos en un fichero de morosos no equivale a condonar las deudas pendientes. La información subsiguiente presupone que el interesado ha sido inscrito en la ASNEF o el RAI sin reunir los requisitos legales o que permanece en dichos ficheros pese al cumplimiento puntual de sus obligaciones financieras.

En concreto, la Agencia Española de Protección de Datos estipula tres condiciones que deben concurrir para que una persona sea incluida en un tratamiento de solvencia patrimonial y crédito. En primer lugar, «la existencia previa de una deuda cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada», lo que significa que la cantidad impagada deberá ser cuantificable y no albergar dudas sobre su origen. Asimismo, «el requerimiento previo de pago a quien corresponda, en su caso, del cumplimiento de la obligación», puesto que «antes de acudir a los ficheros es necesario reclamar las cantidades adeudadas». Identificar si estos requisitos se han cumplido constituye una clara respuesta a la cuestión de cómo salir de listas de morosos.

Fundamental es, además, la inexistencia de documentos contradictorios para la parte acreedora, pues «las dudas sobre la legitimidad de la deuda pueden determinar la desaparición cautelar del dato personal desfavorable, como puede ocurrir en el caso de reclamaciones judiciales, administrativas o arbitrales», citando a la AEPD.

Por otra parte, en respuesta a cómo salir de ASNEF y otros ficheros de morosidad, la permanencia en ellos con posterioridad al cumplimiento de la deuda es una irregularidad fácilmente subsanable. Consiste en acreditar que la obligación atribuida al interesado está saldada. Esto debe realizarse ante el acreedor responsable de inscribir a la parte deudora en el registro de morosidad o directamente a la empresa encargada de administrar el fichero, aportando la documentación necesaria.

Si este trámite no da resultado, al afectado le resta la posibilidad de formalizar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. No obstante, este escenario es altamente improbable en la mayoría de los casos.

De cualquier modo, debido a la gravedad de esta coyuntura, su resolución puede requerir la intercesión de asesores fiscales en Madrid, para garantizar la cancelación satisfactoria de los datos del afectado en cualquier lista de solvencia patrimonial.

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