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7 Nov

¿Qué es el fondo de garantía salarial?

El Fondo de Garantía Salarial, conocido como FOGASA, es un organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que tiene como objetivo garantizar a los trabajadores la percepción de indemnizaciones, por extinción o despido en la relación laboral, salarios, concurso de acreedores del empresario o pendientes de pago por insolvencia.

Los beneficiarios de estas garantías son aquellos que han firmado un contrato laboral con una empresa. No se incluyen los trabajadores al servicio del hogar familiar y los socios de cooperativas de trabajo asociado.

De este modo e Fondo de Garantía Salarial abonará a los trabajadores los salarios que les corresponda con sus pagas extraordinarias, incluyendo también los salarios de tramitación que no se hayan pagado por declararse en concurso de acreedores la empresa o por insolvencia.

La cantidad máxima que puede abonar FOGASA se calcula multiplicando x3 el salario mínimo interprofesional diario, con el prorrateo de pagas extra, por el número de días pendientes de pago, siendo el máximo 150 días.

Por otra parte, FOGASA abonará a los trabajadores las indemnizaciones reconocidas en Resolución de la Autoridad Laboral o en Sentencia. En los casos de extinción del contrato por voluntad del trabajador por causa justa y despido improcedente o nulo la cuantía de la indemnización son 20 días por año trabajado. Teniendo en cuenta los límites siguientes:

  • El salario diario no podrá superar el importe de multiplicar por 3 el salario mínimo interprofesional diario incluyendo el importe de las pagas extraordinarias.
  • FOGASA sólo abonará el importe de 365 días de indemnización correspondientes a 14 años de trabajo.

En el caso de que se trate de un despido colectivo, se considerarán 30 días por año trabajado. Para los contratos de tipo temporal la cuantía de la indemnización será de 8 días de salario por año.

Para tramitar la solicitud de prestaciones al Fondo de Garantía Salarial se puede iniciar el procedimiento a instancia de los interesados o de oficio, por acuerdo de la Unidad Administrativa periférica correspondiente o de la Secretaría General.

La solicitud deberá ser realizada con el modelo oficial acompañado de la documentación siguiente:

  • Documento que acredite la situación de insolvencia
  • Aportar carta de despido si se solicita por extinción del contrato por causas objetivas
  • Resolución administrativa que autorice la extinción del contrato de trabajo, en el caso de que se esté solicitando el abono de una indemnización. Junto con la resolución judicial o el acta de conciliación donde se cuantifiquen las indemnizaciones
  • Sentencia del Juzgado de lo Social o acta de conciliación para solicitar el abono de salarios
  • Certificado de la Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Fotocopia del DNI
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