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28 Oct

Plusvalía Municipal cuando hay pérdida patrimonial

Como todos sabemos, la famosa “plusvalía patrimonial” que en realidad es impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, debe liquidarse cuando se vende o se hereda un inmueble.

En principio debe pagarlo  el transmitente del inmueble  salvo que la escritura diga lo contrario.

Pero ¿Qué sucede si la venta se hizo con pérdidas? ¿Debe pagarse la plusvalía municipal?

Es obvio que cuando alguien vende perdiendo dinero no hay ganancia alguna, pero sin embargo ésos le exigirán que pague este impuesto.

¿Y porque? La razón es que se la plusvalía se calcula según los valores catastrales, los cuales, como todos sabemos se han subido enormemente lso últimos años para recaudar más , entre otras cosas, por el IBI.

Los tribunales empiezan a decir lo contrario 

Afortunadamente, los Tribunales están comenzando a decir lo contrario, señalando la inconstitucionalidad de este modo de proceder., puesto que no se puede gravar una riqueza que en realidad es inexistente.

Por ello, lo más importante es instar un proceso de devolución de ingresos indebidos ante el Ayuntamiento que pretenda cobrar una plusvalía cuando hay pérdidas.

Os recordamos que el plazo en el que se puede iniciar este procedimiento es de 4 años desde que se produjo el ingreso indebido.

 

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