La Declaración Censal tiene como objetivo que se comunique la información que debe de tener el censo de retenedores, profesionales y empresarios de cada tributario.
Las entidades o personas que estén desarrollando o quieran desarrollar sus actividades profesionales o empresariales en España o hagan rendimientos sujetos a retención tendrán que informar a través de las correspondientes declaraciones censales, modelo 037 o modelo 036, su debida alta en el Censo de retenedores, empresarios o profesionales, además de las variaciones que se lleven a cabo en su situación tributaria, además del cambio del domicilio social o fiscal y la baja en dicho censo.
Aunque la entidad solicitante o la persona jurídica no tenga la obligación de presentar la declaración censal de alta en el Censo de Profesionales, Empresarios y Retenedores, deberá utilizar el modelo 036 para la solicitud de la asignación del número de NIF (Número de Identificación Fiscal) definitivo o provisional. A solicitud de oficio o del interesado, la asignación del NIF determinará el hecho de que se incluya automáticamente en el Censo de Obligados Tributarios de la entidad o persona de que se trate.
Sin embargo, las personas físicas que tengan que estar en el censo de retenedores, profesionales y empresarios tendrán que usar el modelo 037, si cumplen las siguientes condiciones:
- No satisfagan rendimientos de capital mobiliario
- No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros
- No realicen ventas a distancia
- No realicen ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas previstas en el art- 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Figuren inscritos en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA
- No estén incluidos en los regímenes especiales del IVA, a excepción del régimen simplificado, régimen especial de la pesca, agricultura, ganadería o régimen especial de recargo de equivalencia
- Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa
- No actúen por medio de representante
- No tengan la condición de gran empresa
- Tengan asignado un NIF
- Sean residentes en España