Muchas veces, los autónomos y empresas que empiezan desde cero tienden a confundir estos dos conceptos como es el de la dirección física con la dirección fiscal. El término más adecuado cuando hablamos de la dirección que debe aparecer en tus facturas es dirección fiscal, aquella con la que has registrado tu empresa ante las autoridades fiscales y la que aparecerá ante los efectos de notificaciones e impuestos.
No obstante, puede que la empresa se ubique en otra dirección o que con el tiempo hayas cambiado de dirección, de manera que el lugar, in situ donde se encuentra vuestra empresa es la dirección física.
Según el artículo 48 de la Ley General Tributaria dice que el domicilio fiscal es “lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria y, a continuación, concreta las “reglas de determinación“. De manera que se puede hacer dos distinciones:
Personas físicas o naturales. la residencia habitual donde la persona física desarrolla sus principales actividades económicas. Además, la administración podrá considerar el domicilio fiscal donde se encuentren centralizadas la gestión administrativas.
Personas jurídicas o entidades. la dirección fiscal será su dirección social, es decir, aquel lugar donde se encuentra la dirección de sus negocios.
Esto es muy sencillo cuando la empresa se encuentra en España y además residen en nuestro. Pero, que sucede si la empresa está registrada en España pero no residen aquí.
1. Si la empresa opera en nuestro país, deberá figurar el español pero si tiene una gran movilización deberá aparecer aquel en el que se encuentre el mayor valor del inmovilizado.
2. Cuando las rentas provienen de un inmueble que se encuentra en España la dirección fiscal será la española.
3. En otros supuestos, el domicilio fiscal seria el del representante de la empresa.
Es importante cuando estás desarrollando una actividad económica y debes establecer tu domicilio fiscal que declares una series de datos adicionales a tu localización según las normas tributarias como por ejemplo el domicilio social si es que existe y es distinto de al fiscal. O bien, el lugar donde se desarrollan las actividades económicas y donde se encuentran las personas físicas, siempre y cuando sea distinto al domicilio fiscal.