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diferentes bonificaciones para autonomos 2018
18 Jul

Bonificaciones Autónomos – Novedades en 2018

Los autónomos pueden disfrutar de una serie de reducciones en las cuotas que han de pagar, también conocidas como bonificaciones para autónomos. Así, estas bonificaciones son una forma excelente de ahorrar dinero y que la aventura emprendedora resulte más sencilla.

En 2018 se han producido numerosos cambios en las bonificaciones para autónomos, por lo que es conveniente tenerlas presentes. Quizá la modificación más importante introducida sea las Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que ha provocado importantes variaciones en todo el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). También se han mejorado en gran medida las bonificaciones para los trabajadores por cuenta propia y se han reducido sus cotizaciones a la Seguridad Social.

¿QUÉ BONIFICACIONES PUEDEN DISFRUTAR LOS AUTÓNOMOS EN 2018?

TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS DURANTE 1 AÑO

A partir del 1 de enero de 2018, la tarifa plana de 50 euros para autónomos será de 1 año, por lo que se aumenta esta tarifa plana respecto de la anterior regulación, en la que la tarifa plana sólo podía disfrutarse durante 6 meses. Sin duda, esta medida fomentará la aparición de nuevos negocios y les dará un empujón durante los primeros meses. En cualquier caso, la cuantía de la tarifa plana se incrementa en función del tiempo, de manera que durante los primeros 12 meses será de 50 euros, hasta los 18 meses será el 50% de reducción durante el segundo semestre, y hasta los 24 meses será el 30% de reducción durante el siguiente semestre.

tarifa plana para autonomos

 

 

Además de esto, también se ha producido una reducción del tiempo necesario para poder a volver a disfrutar de la tarifa plana tras haber dejado de trabajar como autónomo, de manera que ahora los trabajadores por cuenta propia que hayan dejado de trabajar como tales durante más de dos años, podrás volver a disfrutar de la tarifa plana. Así, el único requisito para disfrutar de esta bonificación es no haber estado dado de alta en el RETA en los dos años anteriores.

BONIFICACIONES PARA AUTÓNOMOS DISCAPACITADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO O TERRORISMO

Las personas víctimas de violencia de género o de terrorismo, así como las personas con una discapacidad superior al 33% podrán disfrutar de la tarifa plana de 50 euros durante 1 año, o una bonificación del 80% de la cuota elegida. Posteriormente, además, disfrutarán de una reducción del 50% durante un período de 4 años como máximo.

BONIFICACIONES PARA AUTÓNOMOS COLABORADORES

Los familiares del autónomo podrán darse de alta como autónomos colaboradores, obteniendo una reducción del 50% en el pago de su cuota durante 18 meses. Después de estos 18 meses, la reducción será del 25% durante 6 meses.

BONIFICACIONES POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD

Con la nueva ley, tanto los trabajadores como las trabajadoras por cuenta propia que se encuentren disfrutando de su prestación por paternidad y por maternidad, así como de las prestaciones por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia, disfrutarán de una bonificación del 100% en sus cuotas de autónomos.

No obstante, para disfrutar de esta bonificación no es necesario contratar a ningún empleado para sustituir a la persona que se encuentre disfrutando de su baja por maternidad y por paternidad, algo que sí ocurría con la legislación anterior. Además, las autónomas que se reincorporen al trabajo tras el disfrute de su baja por maternidad podrán disfrutar de la tarifa plana de 50 euros mensuales durante 1 año, siempre que se reincorporen al trabajo antes de los 2 años desde que cesó su actividad profesional.

BONIFICACIONES PARA AUTÓNOMOS DE CEUTA Y MELILLA

Los autónomos sitos en Ceuta y Melilla que desempeñen una actividad profesional relacionada con el comercio, el turismo, la industria o la hostelería, podrán disfrutar de una bonificación del 50% en el pago de sus cuotas de forma indefinida.

BONIFICACIÓN POR CONCILIACIÓN DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

La nueva legislación prevé una serie de modificaciones ciertamente importantes relacionadas con la conciliación de los trabajadores autónomos. Así, la nueva regulación prevé una bonificación del 100% en el pago de las cuotas durante 12 meses para aquellos autónomos que cesen su actividad para cuidar de sus hijos menores de 12 años. Antes de la nueva regulación, los hijos debían ser menores de 7 años. Además, la nueva legislación supedita esta bonificación del 100% a la contratación de otro empleado que sustituya al trabajador que esté disfrutando de su permiso de cuidado a hijos menores de 12 años.

bonificaciones de automomos

 

BONIFICACIÓN PARA AUTÓNOMOS JÓVENES INCORPORADOS AL RETA

Las mujeres menores de 35 años y los hombres menores de 30 años tendrán derecho a una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante el año siguiente a la finalización de la tarifa plana. Esta reducción será equivalente al 30% resultante de aplicar el tipo mínimo vigente a la base mínima de cotización de este régimen.

BONIFICACIÓN PARA AUTÓNOMOS PLURIEMPLEADOS

Se trata de una bonificación del 50% para los autónomos pluriempleados. Además, aquellos autónomos que hayan cotizado en 2017 en régimen de pluriactividad por una cuantía igual o superior a 12.215 euros tendrán derecho a la devolución del 50% de las cuantías ingresadas en la Seguridad Social que superen esa cantidad de 12.215 euros, siendo esta devolución automática.

BONIFICACIÓN PARA AUTÓNOMOS MAYORES DE 65 AÑOS

Los autónomos con una edad superior a los 65 años y que acrediten más de 35 años de cotización a la Seguridad Social, estarán exentos del pago de las cuotas, salvo en los casos de incapacidad temporal y en el caso de contingencias profesionales.

¿CÓMO SOLICITAR LAS BONIFICACIONES PARA AUTÓNOMOS?

Normalmente, la solicitud de estas bonificaciones se tramita conjuntamente con el proceso de alta como autónomo en la Seguridad Social, de manera que si te vas a dar de alta en el RETA de la Seguridad Social y cumples algún requisito para disfrutar de las bonificaciones, puedes solicitar esta bonificación al darte de alta.

BASES DE COTIZACIÓN PARA LOS AUTÓNOMOS EN 2018

  • Base mínima: 919,80 euros en el primer semestre de 2018 y 932,70 euros en el segundo semestre.
  • Base máxima: 3.751,20 euros el primer semestre de 2018, y 3.803,70 euros en el segundo semestre de 2018.
  • Base límite: 2.023,50 euros.
  • Tipo (con IT): 29,80%.
  • Tipo (sin IT): 26,50%.

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