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18 Mar

¿Se puede facturar sin ser autónomo?

Siempre viene bien algún dinero extra y que se puede conseguir con plataformas como los blogs o creando pequeñas empresas. El problema de esto es que muchas veces los emprendedores no dan el primer paso porque piensan que no van a ser capaces de afrontar los primeros gastos como es el de autónomos, por lo que la gran pregunta sería si se puede facturar sin ser autónomo.

Esto sería una gran ventaja ya que muchos emprendedores empezarían su andadura sin ningún coste, esto es posible, ya que se podrían emprender nuevos proyectos sin tener que pagar una cuota inicial de más de 200 euros al mes. Aunque esta cuota se puede reducir en casos excepcionales que habría que consultar para ver si se cumplen todos los requisitos.

De esta manera, se pueden obtener unos ahorros extras sin que Hacienda o la Seguridad social sean un obstáculo, pues para poder proceder a emitir facturas cumpliendo con la legalidad tan sólo hay que darse de alta en Hacienda para que nos consideren sujetos pasivos del IVA ya que nuestros ingresos no superan el salario mínimo interprofesional. éste trámite es muy sencillo pues sólo debes rellenar el modelo 036 o el modelo 037 y es gratuito.

Hasta ahora es todo igual que si fueras autónomo ya que al final de cada trimestre deberás presentar la autoliquidación del IVA que es la diferencia entre el IVA recaudado y el IVA emitido. La diferencia con los que pagan la cuota de autónomos es que no tienen que estar dados de alta en la Seguridad social y pagar la cuota.

Esto ocurrirá así siempre y cuando los ingresos no superen los 752,85 euros y que corresponde con el Salario Mínimo Interprofesional. Eso sí, tened en cuenta que hablamos de ingresos y no de beneficios. Esta es la única manera de poder facturar sin pagar una cuota y cumplir con la normativa.

La ventaja es que tienes un gasto menos al mes y puedes obtener unos ingresos extras. Como veis, esto supone una acercamiento a la fiscalidad pero lo único que te exime es de pagar la cuota ya que las responsabilidades son las mismas y debes emitir la factura con el 21% del IVA y restarle la retención del IRPF que durante el primer año será del 9%.

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