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30 Oct

Retenciones y tramos de IRPF

Para saber toda la información que necesitas sobre las retenciones IRPF te explicamos cuáles son los 3 tipos que afectan a los autónomos, qué impresos de Hacienda debes utilizar, cuándo las debes efectuar, cuándo las debes pagar y todas las novedades sobre la Reforma Fiscal 2014.

Las retenciones IRPF son aquellas cantidades de dinero que los trabajadores y los profesionales autónomos deben anticipar a cuenta a la Agencia Tributaria, haciendo una previsión de los resultados del IRPF o de la Declaración de la Renta. Todas las retenciones del IRPF se regulan por ley estableciendo cuáles son los porcentajes a aplicar en cada caso. Las retenciones son obligatorias y afectan a diferentes tipos de renta, donde destaca la de los autónomos y los trabajadores.

Los pagadores deberán de ingresar el importe de las retenciones en Hacienda, por ejemplo, en el caso de los intereses de un depósito sería el banco, en el caso de los propietarios de locales comerciales serían los inquilinos, en el caso de los profesionales autónomos serían los clientes y en el caso de los trabajadores asalariados serían las empresas.

En el caso de que la estimación de las retenciones haya sido demasiado alta el resultado de la Declaración Anual de la Renta saldrá a devolver y en el caso contrario a pagar.

A los autónomos les pueden afectar 3 tipos de retenciones:

  1. Retenciones del IRPF en las facturas de los autónomos

Aquellos autónomos que se dediquen a actividades profesionales, forestales, ganaderas y agrícolas, así como otras actividades en módulos deberán de aplicar los siguientes % de retención en sus facturas:

  • Actividades forestales 2%
  • Actividades agrícolas y restantes actividades ganaderas 2%
  • Actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura 1%
  • Algunas actividades en módulos 1€
  • Autónomos con rendimientos íntegros inferiores a 15.000€ anuales 15%
  • Nuevos autónomos en actividades profesionales 9% (durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes)
  • Actividades profesionales 21% hasta el 2015. En el 2015 20% y 2016 19%

 

  1. Retenciones del IRPF en alquileres

Si tenemos un negocio alquilado, oficina o local deberemos pagar un 21% del importe a Hacienda a favor del arrendador. Es obligatorio realizar el ingreso aunque la cantidad retenida no se refleje en el recibo.

  1. Retenciones del IRPF de los trabajadores

Son aquellas que se practican en las nóminas de los trabajadores. La cuantía a retener dependerá de diferentes circunstancias como el número de hijos, el estado civil, el tipo de contrato, la hipoteca… toda la información la facilitará el trabajador con el modelo 145.

  1. Otras retenciones del IRPF

Existe otro tipo de retenciones del IRPF que pueden afectarnos como el arrendamiento de bienes muebles, minas, negocios; el rendimiento procedente de la propiedad intelectual, rendimientos del capital mobiliario, los derivados de la cesión del derecho de imagen, etc.

Las leyes sobre las retenciones IRPF pueden obligar a los profesionales autónomos de dos maneras:

  1. A través de pagos trimestrales a Hacienda a cuenta de las retenciones de tus trabajadores, otros profesionales que hayas contratado o el arrendador de tu local u oficina.
  2. Incluyendo las retenciones en las facturas en el caso de los profesionales autónomos.
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