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IVA en productos y servicios digitales

En enero de este año 2015 ha entrado en vigor una nueva normativa que afecta a aquellas empresas que exportan servicios y productos digitales a otros países europeos. Hasta ahora los usuarios pagaban el IVA del país de origen (en este caso España), pero a parir de ahora se deberá de aplicar el IVA del país de destino, es decir, el país donde se encuentra la persona que está comprando el producto o servicio. Por ejemplo, si ahora un francés compra un producto español por Internet deberá de pagar el IVA francés (20%) y no el español.

IVA

Normativa IVA servicios y productos digitales

Esta normativa tiene muchos matices. No todas las empresas que venden productos o servicios por Internet tienen que aplicar esta normativa sólo por el mero hecho de tener un ecommerce. Sólo se verán afectadas aquellas que vendan productos y servicios digitales.

Seguramente todavía no tengas claro si tu negocio tiene que cambiar o no el IVA en sus productos o servicios, por eso te especificamos qué se entiende por servicios y productos digitales. Estos son los que se proveen a través de Internet o una red electrónica, ya sea por consumo online o por descarga: documentos, cursos, vídeos, ebooks, música…

La finalidad de esta medida es poner en una situación competitiva mejor a las empresas europeas, frente a aquellas que se alojan desde fuera de Europa y son grandes multinacionales. Aunque a primera vista pueda parecer un problema, la finalidad es que el cambio del IVA repercuta positivamente en el mercado de los productos digitales en Europa.

Las empresas más afectadas por este cambio serán las pequeñas y medianas empresas que les resultará complicado adaptarse sobre todo por los sistemas de contabilidad y facturación con los que cuentan. Además, por parte de la Administración ha habido escasa información para las empresas que se dedican a este negocio, a diferencia de otros países donde ha habido una gran difusión.

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