Como medida para estimular la creación de nuevos puestos de trabajo, se ha creado una “tarifa plana” en los pagos a la Seguridad Social aplicables a los nuevos contratos indefinidos.
De este modo, se establece que los nuevos contratos indefinidos paguen sólo 100 euros al mes en la parte relativa a las cuotas empresariales por contingencias comunes.
No es necesario que la jornada sea a tiempo completo, puesto que si la misma es del 50%, la cuota a pagar será de 50 euros. Igualmente, si la jornada es superior al 75% pero no llega a ser una jornada completa, se pagarán únicamente un total de 75 euros.
Este beneficio es aplicable a los contratos suscritos a partir del 25 de febrero y hasta finales de 2014.
Este beneficio es de aplicación única y exclusiva, lo que significa que si se opta por el mismo no pueden aplicarse otro tipo de beneficios, como los que resultarían del nuevo contrato de apoyo a los emprendedores.
¿Cómo obtener el máximo beneficio de este contrato?
Debido a la estructura de este beneficio, son los contratos de los trabajadores de mayor sueldo, los que implican el mayor ahorro en los pagos a la seguridad social, puesto que se sustituye un pago proporcional por una cantidad fija.
Permite incrementar el sueldo del empleado sin que los pagos a la seguridad social supongan una carga adicional.