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27 Oct

Todo lo que debes saber sobre la excedencia voluntaria

Previamente a explicar lo que es una excedencia voluntaria, debemos saber distinguir entre excedencia forzosa y voluntaria. En la primera el trabajador tiene el derecho a conservar su puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad de su vigencia. Sin embargo, en la segunda el trabajador no tiene que justificar los motivos o las razones por las que solicita la excedencia.

La excedencia voluntaria lleva consigo una serie de premisas muy importantes a considerar antes de solicitarla:

  1. El tiempo que dure la excedencia no computa a efectos de antigüedad en la empresa
  2. El trabajador queda libre de la obligación de trabajar y, por tanto, el empresario de pagar su salario.
  3. El contrato del trabajador permanece en vigor y mientras dure la excedencia voluntaria no podrá solicitar el desempleo.
  4. El trabajador, si no ha pactado otra cosa con su empresa, sólo tendrá derecho de reingreso preferente en un puesto de la misma categoría profesional o similar.

También es importante saber que mientras el trabajador esté de excedencia voluntaria, su puesto será cubierto por otra persona, por lo que no hay un derecho incondicional a la reserva del puesto de trabajo. Sin embargo, si se ha pactado con la empresa o se reconoce en el convenio aplicable se podrá reincorporar automáticamente a su puesto de trabajo.

A continuación enumeramos los requisitos necesarios para solicitar la excedencia voluntaria:

  1. Tener un año de antigüedad en la empresa o más.
  2. En el caso de haber solicitado ya una excedencia que hayan transcurrido al menos 4 años desde que finalizó la anterior.
  3. Reunir las condiciones exigidas en el convenio colectivo de la empresa o solicitarla en los términos establecidos en los Estatutos de los Trabajadores.

En el caso de cumplirse los requisitos el trabajador deberá comunicar a la empresa por escrito e indicando la fecha de la solicitud su decisión de solicitar una excedencia voluntaria y su duración, sin ser necesario indicar los motivos profesionales o personales. La empresa debe de aceptar la excedencia, en el caso de que la deniegue el trabajador podrá solicitarla judicialmente. Mientras deberá de permanecer en su puesto de trabajo hasta que se dicte la sentencia.

El empresario deberá de contestar a la solicitud por escrito. En el caso de que se efectúe el empresario no podrá revocarla en ninguna circunstancia, ni el trabajador podrá reincorporarse antes de la fecha de su finalización.

Las excedencias voluntarias tienen que tener una duración superior a los 4 meses e inferior a los 5 años. El trabajador podrá indicar un plazo indeterminado siempre y cuando se ajuste a este baremo.

Antes de que el trabajador finalice su baja voluntaria deberá solicitar por escrito su reingreso antes de que finalice su situación de excedencia. Puede darse el caso de que la empresa en ese momento no pueda reingresar al trabajador, por lo que la responsabilidad recaería en la empresa.

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