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Autónomo Dependiente: Derechos y Principales Ventajas

Autónomo dependiente

Mucho se ha oído hablar de los falsos autónomos o del autónomo económicamente dependiente (TRADE).

Durante mucho tiempo, las empresas, con la finalidad de ahorrar costes, han optado por la via de subcontratar los servicios.

Pero, ¿qué sucede cuando esta subcontratación implica trabajar prácticamente para un único empresario del que además percibimos la mayoría o la totalidad de nuestros ingresos?

Lo que sucede es que realmente este autónomo dependiente funciona como un empleado más de la empresa.

Entonces, ¿cuándo se sabe que se es un autónomo económicamente dependiente o falso autónomo, y que derechos y ventajas tiene serlo?

Lo que define a este falso autónomo es realmente el hecho de percibir la mayoría de sus ingresos de un único cliente. Al menos el 75 por ciento más. Igualmente el hecho de estar a la órdenes de este cliente, de modo que las vacaciones, festivos y vengan determinados fundamentalmente por la voluntad de este cliente.

El autónomo dependiente debe tener sus propios medios materiales y se organiza de modo autónomo, aunque lo habitual es que los servicios se presten en las oficinas del cliente.

Ventajas del Autónomo Económicamente Dependiente

  • La principal ventaja suele venir dada por el hecho de la propia contratación. Muchos empresarios no contratarían si no es bajo esta modalidad, porque son reacios a contratar bajo una modalidad laboral.
  • Una vez contratado, el autónomo dependiente se organiza su trabajo como desea, con su propia organización y jornada laboral.
  • El autónomo dependiente tiene derecho a que su relación se firme en un contrato en el que deben constar las condiciones de su relación mercantil, en las que destaca el régimen de descanso y vacaciones.
  • Tienen derecho a paro. Es la gran diferencia con el resto de los autónomos como explicamos más detalladamente aquí. Pueden acceder a la prestación por desempleo siempre que tengan un contrato firmado e inscrito en el INEM, y puedan justificar el cese de la relación laboral.

El autónomo dependiente tiene en todo caso derecho a disfrutar de 18 días hábiles de vacaciones.

Desventajas del Falso Autónomo

  • No tiene derecho a indemnización por cese de la actividad salvo que así se refleje en el contrato.
  • Este autónomo debe pagarse él mismo las cuotas de la Seguridad Social.
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